El Ministerio de Transporte y el Ministerio del Interior autorizarán excepcionalmente el regreso a domicilio habitual por vía terrestre desde las 0 horas del sábado 18 hasta el martes 21 abril de 2020 a las personas que estén cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio en un domicilio distinto, respetando las medidas sanitarias y de seguridad que han establecido las autoridades nacionales en el marco de la emergencia declarada por la pandemia de coronavirus.
REGRESO A DOMICILIO HABITUAL 14 PREGUNTAS Y 14 RESPUESTAS
1. ¿Dónde obtengo el permiso? En el link https://regresoacasa.argentina.gob.ar
2. ¿Cuándo puedo obtener mi permiso? A partir de hoy
3. ¿Cuál es la vigencia del permiso? Del sábado 18/4 a las 0.00 hs al martes 21/04 a las 24 hs. Y tiene validez de 48 horas.
4. ¿Quién tiene que gestionar el permiso? Un responsable del grupo que se traslada
5. ¿Qué habilita la declaración jurada? La circulación del vehículo, con los pasajeros declarados, al destino de residencia
6. ¿Cuál debe ser el destino del permiso? El domicilio de residencia donde se cumplirá con el aislamiento obligatorio
7. ¿Puedo acreditar domicilio con factura de servicios? Si
8. ¿Cuánta gente se puede trasladar? La capacidad permitida por el vehículo
9. ¿Puedo ir a buscar a un familiar con mi vehículo? Si
10. ¿Se pueden alquilar vehículos? No
11. ¿Se habilita el transporte de media y larga distancia? No
12. ¿Por qué se anuncia con poca anticipación? Para desalentar la circulación de casos injustificados
13. ¿Por qué se toma la decisión hoy? Porque con seguridad los pasajeros cumplieron los 14 días de aislamiento recomendado para prevenir la propagación del coronavirus y podrán trasladarse de modo seguro para toda la población.
14. ¿Quién controlará la circulación de estos casos excepcionales? El Ministerio de Seguridad y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), dependiente del Ministerio de Transporte, y las fuerzas de otras localidades