El Gobierno nacional formalizó el aumento de los derechos de exportación para la soja, del 30% al 33%, y la reducción para una decena de cultivos relacionados con las economías regionales, a través del decreto 230/2020 publicado este jueves en el Boletín Oficial.
El mismo remarcó que “resulta fundamental establecer políticas inclusivas de la actividad exportadora de las economías regionales que mejoren su desempeño y que incrementen la competitividad de la exportación de bienes y servicios a medida que mayor sea su valor agregado”.
También subrayó que “resulta imprescindible mejorar los ingresos fiscales en un contexto económico de endeudamiento, alta inflación, recesión creciente, desempleo generalizado y emergencia alimentaria”.
En consecuencia indicó que “por los motivos expuestos deviene necesario modificar transitoriamente las alícuotas de los derechos de exportación para determinadas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) que forman parte de la cadena agroalimentaria”.
Además señaló que “el artículo 52 de la ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública faculta al Poder Ejecutivo Nacional a fijar derechos de exportación cuya alícuota no podrá superar los límites allí previstos”.
De esta manera, las retenciones a la soja suben de 30% a 33%, pero las que se aplican a arvejas, porotos, garbanzos, lentejas, bajan de 9% a 5%; para el maní, de 12% a 7%; para la harina de trigo, de 9% a 7%; y para el girasol, de 12% a 7%, aunque para girasol confitero y aceite de girasol, la reducción va del 12% a 5%.
También bajan los derechos de exportación al maíz pisingallo, que se usa para pochoclo, de 9% a 5%; al arroz paddy, de 12% a 6%; y al arroz pulido, de 9% a 5%.
El esquema establecido por el Gobierno consistirá en destinar una parte de la recaudación adicional a la compensación de tres de cada cuatro productores de soja, siempre que su producción no haya superado las 1.000 toneladas en la campaña anterior.
Este beneficio, según datos oficiales, alcanzará a 42.406 productores que representan el 74,2% del total.
Los restantes 14.884 productores, con rindes por encima de las 1.000 toneladas, no recibirán compensación alguna.
Esta segmentación implicará que quienes producen hasta 100 toneladas, tributarán una retención del 21%; entre 100 y 200, el 24%; entre 201 y 300, el 27%; entre 301 y 400, el 28%; entre 401 y 500, 29%; y entre 501 y 1.000 toneladas, 30%.